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ABM de Legajos del Personal
Programa de mantenimiento del archivo que almacena los datos del personal empleado. Los legajos aquí ingresados con sus características y propiedades serán la base para procesar en Generación de Liquidaciones.
Los campos solicitados son:
- Nombre: ingresar primero el o los apellidos, luego una coma y a continuación los nombres. El requisito de la coma será necesario para transferir la identificación de la persona a aquellos aplicativos que exijan colocarlos en forma separada.
- Legajo: se ingresará un número del 1 al 9999 que será el que identifique al personal en todo el sistema.
- Calle: ingresar solamente la calle o cualquier otro dato que permita la ubicación del domicilio como ser barrio, manzana, paraje, etc.
- Número / Piso / Depto.: indicar número de puerta, piso y departamento.
- Localidad: ingresar la localidad del domicilio del empleado.
- Código Postal: ingresar el código postal del domicilio del empleado.
- Provincia: ingresar la provincia del domicilio del empleado.
- E-mail: opcionalmente puede ingresarse la dirección electrónica del empleado.
- Empresa: en el caso de tratarse de agencias de personal eventual, se podrá seleccionar la empresa donde se desempeña el empleado a efectos de particionar las liquidaciones según las distintas entidades que previamente debieron ingresarse en el ABM de Clientes. Para habilitar esta opción deberá acudirse a Modificación de Archivo de Control e indicar que se trata de una Agencia de Personal Eventual.
- N° Tarjeta: el sistema visualizará el n° de tarjeta del personal que fuera previamente ingresada en el ABM de Tarjetas de Reloj. Para modificarlo únicamente se lo podrá hacer mediante el mencionado programa.
- Teléfono: indicar los teléfonos que tuviere el personal.
- Carácter: indicar si se trata de un empleado a procesar en liquidaciones mensuales o un jornalizado cuyo procesamiento se hará a través de las quincenas.
- Estado: ACTIVO para el caso de personal en actividad, de lo contrario indicar el tipo de ruptura de la relación laboral de acuerdo a lo que corresponda: RENUNCIA, DESPIDO, FALLECIMIENTO, LICENCIA. Los empleados activos son los únicos a los cuales se les pueden generar nuevas liquidaciones. Se podrá indicar el estado EVENTUALES para ingresar al personal temporario que se liquida a través de agencias de personal eventual.
- Tp. Contrato: ingresar el tipo de contrato de trabajo con que se regirá el cálculo de aportes y contribuciones patronales, el cual fue previamente ingresado en el ABM de Contratos de Trabajo.
- Zona: seleccionar la zona geográfica donde se prestan los servicios del empleado, previamente ingresada en el ABM de Zonas Geográficas.
- Ag. Even.: para el caso de Estado = EVENTUALES se deberá consignar la empresa de Personal Temporario a la cual pertenece el legajo. Las agencias deberán estar previamente ingresadas en ABM de Proveedores y pertenecer al grupo de proveedores indicado en el ABM de Parámetros - solapa Sueldos y código 167.
- Previsión Social: seleccionar la entidad que recepcionará los aportes y contribuciones patronales jubilatorios de este empleado, previamente ingresada en el ABM de Previsión Social.
- Actividad: ingresar el tipo de actividad de trabajo del empleado, previamente ingresada en el ABM de Actividades de Trabajo.
- Fecha de Alta: colocar la fecha de ingreso del empleado. Esta fecha será válida para el cálculo de antigüedades, en caso de tratarse de un personal que ya hubiera estado en la empresa, deberá colocarse la fecha de la última incorporación y adicionar el tiempo anterior en el campo MESES ANTERIORES de la Solapa Varios.
- Obra Social: seleccionar la entidad previamente ingresada en el ABM de Obras Sociales a la cual se derivaran los aportes y contribuciones patronales del empleado por el concepto de atención de sanitaria. Los códigos de concepto correspondientes se generarán automáticamente al dar ingreso a la obra social, no requiriéndose hacerlo a través del ABM de Conceptos de Liquidación. MUY IMPORTANTE: no deberá modificarse la obra social cuando ya se hayan realizado liquidaciones para el mes vigente, ya que de hacerlo el sistema calculará el acumulado de total sujeto a aportes pero no descontará los aportes realizados en liquidaciones anteriores del mismo mes.
- Categoría: seleccionar el cargo o puesto de trabajo, previamente ingresado en el ABM de Categorías.
- Fecha de Baja: para el caso de empleados que no estuvieren ACTIVOS deberá colocarse la fecha en la cual finalizó la relación laboral.
- Sindicato: seleccionar el sindicato por el cual se rige el convenio del empleado y al cual se derivarán los aportes por afiliación. La entidad sindical deberá ser previamente ingresada en el ABM de Sindicatos, de no pertenecer a un sindicato deberá seleccionarse la entidad: SIN SINDICATO. Los códigos de concepto correspondientes se generarán automáticamente al dar ingreso al sindicato, no requiriéndose hacerlo a través del ABM de Conceptos de Liquidación.
- Afiliado Sind.: indicar si el empleado se encuentra afiliado al sindicato, en caso afirmativo se le calcularán los aportes según se los haya definido en el campo Aportes y/o Aportes Especiales del ABM de Sindicatos.
- Foto: se podrá ingresar una imagen del empleado para vincularla con sus datos.
SOLAPA A.F.I.P. GANANCIAS: esta solapa se utiliza para ingresarlos valores relacionados con el cálculo de la retención de impuestos a las ganancias de cuarta categoría que están especialmente indicados por las normas de A.F.I.P..
- Impuesto a las Ganancias: indicar el tipo de relación que tendrá el empleado en el cálculo del impuesto a las ganancias de cuarta categoría de acuerdo al detalle que se explicará al final de la presente página en CÁLCULO DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS.
- Otras Retenciones: se podrá ingresar la cantidad correspondiente a retenciones efectuadas durante el año en curso por entidades bancarias (tarjetas de crédito, gastos en el exterior) u otros empleadores para ser consideradas como pago a cuenta del impuesto a las ganancias de cuarta categoría.
- Cuotas Médicas Anual: se podrá ingresar la cantidad anual utilizada por el empleado en concepto de medicina prepaga. El tope para este concepto deberá indicarse en Modificación de Topes y Porcentajes como porcentaje sobre la ganancia neta sujeta a impuesto en el campo TOPE GASTOS MÉDICOS.
- Seguro de Retiro: se podrá ingresar la cantidad en concepto de jubilaciones privadas abonadas por el empleado durante el año (*).
- Viático Deduc. Anual: se podrá ingresar una cantidad en concepto de gastos de movilidad autorizados a deducirse de la ganancia bruta.
- Seguro de Vida Anual: se podrá ingresar la cantidad anual utilizada por el empleado para pagar primas de seguro de vida (*).
- Otros Ingresos: se deberá ingresar la cantidad abonada en concepto de sueldos por otros empleadores, si el empleado ha resuelto unificar el cálculo de las retenciones de impuesto a las ganancias de cuarta categoría en la empresa.
- S. Doméstico Anual: se podrá ingresar el total de los pagos al servicio doméstico realizados durante el año a efectos de su deducción como gastos. El tope para este concepto deberá indicarse en Modificación de Topes y Porcentajes como porcentaje sobre la ganancia neta sujeta a impuesto en el campo TOPE SERVICIO DOMÉSTICO.
- Gasto Sepelio Anual: se podrá ingresar la cantidad por gastos de sepelio abonados por el empleado durante el año (*).
- Intereses Anuales: se podrá ingresar la cantidad abonada por el empleado durante el año en concepto de intereses hipotecarios para ser considerados como gastos deducibles. (*)
- Gs. Médicos Anual: se podrá ingresar el total de gastos médicos realizados durante el año para ser deducidos en el cálculo del impuesto a las ganancias de cuarta categoría. El tope para este concepto deberá indicarse en Modificación de Topes y Porcentajes como porcentaje sobre la ganancia neta sujeta a impuesto en el campo TOPE GASTOS MÉDICOS.
- Alquiler Anual: se indicará el importe de alquileres abonados por el dependiente durante el año en curso, los cuales podrán ser deducidos de acuerdo a las normas vigentes y con observación a los topes indicados en Modificación de Topes y Porcentajes como porcentaje sobre la ganancia neta sujeta a impuesto en el campo TOPE ALQUILERES y ABM de Tabla de Ganancias A.F.I.P.
- Remuneración Eventual: en este campo se deberá colocar el importe abonado por la agencia de personal temporario en el caso de una persona con estado igual a EVENTUALES a los efectos de ser incluidas en Exportación Libro de Sueldos Digital.
(*) En ABM de Tablas de Ganancias se colocará el límite permitido por A.F.I.P. para realizar las presentes deducciones.
SOLAPA CENTROS DE COSTOS: esta solapa permite vincular al empleado con los distintos sectores en los cuales presta servicios. Esta distribución permitirá en primera instancia realizar el Asiento Resumen de Sueldos con imputaciones por centros de costo y servirá para establecer el rol del personal de cada sector.
- Sector Principal: ingresar el sector en el cual se desempeña el empleado, previamente ingresado en el ABM de Centros de Costo. También se requiere indicar el porcentaje de tiempo que se le asigna al sector para el caso de ser una persona asignada a varios sectores. En caso que se desempeñe en un solo centro de costo deberá colocarse 100 %.
- Sector Alternativo (1): si correspondiera, puede utilizarse este item indicando el porcentaje de distribución para asignar una parte del trabajo a otro sector.
- Sector Alternativo (2): si correspondiera, se indicará el porcentaje de distribución para asignar una parte del trabajo a un tercer sector.
SOLAPA DATOS FILIATORIOS: mediante esta solapa se podrán ingresar los datos que permitan individualizar al empleado y sus características principales.
- F. Nacimiento: ingresar la fecha de nacimiento.
- Edad: el sistema calculará automáticamente la edad del empleado a la fecha actual.
- Nacionalidad: se deberá seleccionar una nacionalidad previamente ingresada en el ABM de Nacionalidades.
- Tipo Doc.: deberá seleccionarse el tipo de documento que presenta el empleado.
- N° Doc.: deberá ingresarse el número del documento.
- C.U.I.L.: se ingresará la clave única de identificación laboral, la cual será validada por el sistema.
- Estado Civil: indicar el estado civil de acuerdo a las posibilidades que se presentan.
- Sexo: indicar el sexo del empleado.
SOLAPA EMBARGOS JUDICIALES: mediante esta solapa se podrán establecer embargos judiciales automáticos para que en Generación de Liquidaciones se calculen los importes a retener por estos conceptos.
- Importe Fijo Total: en el caso de embargos por un monto determinado debe colocarse el monto total del embargo.
- Fijo Acumulado: el sistema almacenará en este lugar los embargos judiciales practicados durante las liquidaciones, no pudiendo exceder este monto al Importe Fijo Total.
- Permanente Exento: en el caso de tratarse de un embargo judicial permanente (expensas por mantención de hijos o similares) se podrá indicar un monto por debajo del cual no deberán hacerse retenciones.
- % Descuento Fijo: se indicará el porcentaje mensual a aplicar sobre las remuneraciones para realizar el cálculo de los embargos judiciales por monto fijo.
- Permanente % Dto.: se indicará el porcentaje mensual a aplicar sobre las remuneraciones para realizar el cálculo de los embargos judiciales permanentes.
- Embargo sobre: se indicará si el porcentaje de cálculo se realizará sobre las Remuneraciones Brutas o Netas.
SOLAPA HORARIOS Y ASISTENCIAS: mediante esta solapa se informará sobre los horarios que debe cumplir el empleado y se podrá indicar si está gozando de alguna licencia para impedir que se lo considere en el Parte Diario de Inasistencias.
- Horario: indicar el horario que debe cumplir el dependiente, previamente ingresado en el ABM de Horarios.
- Turno: indicar el turno (conjunto de horarios durante el año) que debe cumplir el empleado, previamente ingresado en el ABM de Turnos.
- Estado de Asistencia: seleccionar un motivo de ausencia / presencia previamente ingresado en el ABM de Motivos de Ausencia.
- Fecha Desde: se podrá indicar la fecha desde la cual se encuentra en ese estado.
- Fecha Hasta: se podrá indicar la fecha hasta la cual se encontrará en el estado seleccionado.
El control de Asistencia se efectuará sobre Horarios o Turnos según lo que se indique en Modificación de Archivo de Control.
SOLAPA PAGOS: mediante esta solapa se le asignará una forma de pago de las remuneraciones que servirá para ser impresa en el recibo de haberes.
- Forma de Pago: seleccionar una forma de pago previamente ingresada en el ABM de Formas de Pago.
- Depositar en: indicar la entidad bancaria donde se depositarán las remuneraciones, previamente ingresada en el ABM de Bancos.
- Sucursal: indicar el código de sucursal donde se acreditarán los fondos.
- Cta. Banco: indicar el número de la cuenta bancaria donde se acreditarán los fondos.
- CBU: deberá indicarse la clave bancaria única en donde se depositarán los haberes del dependiente. Este campo será obligatorio para todas las formas de pago menos para la número 01 - Efectivo debido a exigencias de A.F.I.P. para el Libro de Sueldos Digital.
SOLAPA PLAN DE SALUD: mediante esta solapa se consignarán informaciones relacionadas con el cálculo de aportes y adicionales de obras sociales.
- Grupo Familiar: indicar la cantidad de personas que forman el núcleo familiar. Esta información se utilizará para realizar la exportación al S.I.C.O.S.S.
- % a Cargo Empresa: en el caso de existir adicionales de acuerdo al régimen anteriormente explicado, se podrá establecer el porcentaje que abonará la empresa. En tal caso, en el recibo de haberes figurará un concepto positivo llamado Restitución de Aportes con el resultado de aplicar el porcentaje indicado sobre el total de adicionales.
- Adherentes: indicar la cantidad de familiares a cargo que generarán aportes, calculados según los porcentajes que se ingresen en el campo correspondiente del ABM de Obras Sociales.
- Plan O. S. ( A / J ): se podrá seleccionar un plan que al vincularlo con la Obra Social del empleado, servirá para calcular los adicionales que se necesiten para cubrir los importes mínimos solicitados por la entidad. Este cálculo se efectuará en la segunda quincena para los jornalizados y en la liquidación mensual para los mensualizados y corresponderá al valor del Plan menos los aportes y contribuciones patronales del mes.
- Monto Fijo: habiendo una cantidad en este campo, el proceso de cálculo de adicionales se efectuará indefectiblemente teniendo en cuenta este importe en lugar del indicado en el punto anterior. El cálculo del adicional se hará de la misma forma.
- Mínimo Aportes: se podrá indicar un importe, el cual se tomará en cuenta para el cálculo de los aportes y contribuciones por obra social en lugar de los montos imponibles que surjan del recibo de haberes. Tiene su fundamento en aquellos casos donde el personal trabaje menos horas y las normas de seguridad social indiquen que el aporte de obra social deba realizarse por un monto mayor al liquidado al personal. En caso de que el campo permanezca en cero, el cálculo de los aportes y contribuciones de obra social se realizarán según las indicaciones normales indicadas en en el ABM De Conceptos de Liquidación.
SOLAPA SITUACIÓN DE REVISTA: esta solapa deberá utilizarse al sólo efecto de completar los datos que requiere el Libro de Sueldos Digital para indicar si la persona se encuentra activa en el período o si está gozando de alguna licencia o cualquier otro tipo de ausencia.
- Situación de Revista Inicial: se indicará la fecha con que se inicia la situación de revista del mes y luego el tipo de situación. Siempre tiene que tener indicada por lo menos una situación de revista inicial y el día de inicio tiene que ser 01.
- Situación de Revista Modificada: si hubiera cambiado en algún momento del mes la situación inicial, deberá indicarse el día del cambio y el tipo de situación.
- Situación de Revista Tres: si hubiera cambiado la situación anterior deberá colocarse el día del cambio y el tipo de situación.
SOLAPA VARIOS: se ingresarán en esta solapa diversos campos relacionados con el empleado.
- Autorizado Extras: indicar si el empleado está autorizado a realizar horas extras, en caso negativo no se liquidarán las mismas aunque ellas estuvieren ingresadas en Ingreso de Variables del Mes.
- S.A.C. Precalculado: para el caso de querer evitar que se efectúe el cálculo del S.A.C. seleccionando el mejor sueldo o jornal del semestre, deberá ingresarse en este lugar un importe, para que el sistema lo coloque directamente como aguinaldo a cobrar en la liquidación automática del semestre. Para realizar los procesos de cálculo del mejor sueldo en forma automática deberá recurrirse a Cálculo de Mejor Sueldo para S.A.C. y el archivo generado se importará a este campo procesando el programa Importación S.A.C. Precalculado.
- Hs. Jornada Diaria: deberá indicarse la cantidad de horas normales diarias en los cuales presta servicios el empleado. IMPORTANTE: el sistema proporcionará los aportes de obra social cuando las horas trabajadas sean menores a 6 horas diarias y los incrementará a efectos de considerarlos como si se tratara de un sueldo de 8 horas. También se utilizará este item para calcular el importe a detraer que se indica en el LSD (ver programa Modificacion de Archivo de Control).
- Siniestrado: indicar el tipo de incapacidad que tenga el empleado, de lo contrario colocar NO INCAPACITADO. Esta información solamente se utilizará para exportarla al S.I.C.O.S.S.
- Condición: indicar la condición de trabajo del empleado. Esta información solamente se utilizará para Exportación Libro de Sueldos Digital
- Nocturno: indicar si el empleado cumple horario nocturno para posibilitar la correcta actualización de las fichadas en el programa Importación de Registros del Personal.
- Meses Anteriores al Alta: en el caso que el empleado hubiera trabajado en etapas anteriores en la empresa, deberá ingresarse la cantidad de meses trabajados anteriormente para que el sistema los tome en cuenta en el nuevo cálculo de antigüedad y/o vacaciones.
- % Vacaciones Propor.: el sistema calculará automáticamente los porcentajes relacionados con valores extras al sueldo o jornal a los efectos de considerarlos como adicionales para el cálculo de vacaciones. Estos podrán ser alterados manualmente en este lugar antes de producirse la liquidación de vacaciones correspondiente.
- Puesto Eventuales: indicar el puesto para el caso de estado igual a EVENTUALES, información requerida para realizar la exportación al Libro de Sueldos Digitales.
SOLAPA OBSERVACIONES: se podrán ingresar en esta sola los siguientes conceptos:
- Observación: se podrán ingresar observaciones referidas a situaciones especiales del empleado como premios, sanciones y calificaciones varias.
- Leyenda Recibo: se podrá ingresar una leyenda que se imprimirá al pie de los recibos de las liquidaciones del empleado mientras permanezca la leyenda en ese lugar.
- Dependencia: información necesaria para realizar la exportación al Libro de Sueldos Digital.
CÁLCULO DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS: se admiten las siguientes opciones:
- No Calcula Ganancias: a la persona que tuviere indicada esta opción no se le efectuará el cálculo del impuesto a las ganancias.
- Calcula Ganancias: a la persona que tuviere indicada esta opción se le practicará el cálculo correspondiente al impuesto a las ganancias.
Última modificación: 17 de Diciembre de 2024