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ABM de Bienes de Uso

Programa de mantenimiento del archivo que contiene los bienes de uso de la empresa, la generación automática a este archivo se producirá al registrarse una factura de compras en Ingreso de Facturas, Débitos y Créditos siempre que el asistente a utilizar esté indicado en el campo BIENES DE USO ="SI"  (ver ABM de Asistencia de Imputaciones).

Los campos solicitados son:

  • Rubro:  indicar el código de rubro a que pertenece el bien previamente ingresado en ABM de Rubros.
  • Número de Orden:  indicar el número con que se identificará cada bien dentro del rubro en forma correlativa.
  • Sector:  indicar el sector al que pertenece el bien (ver ABM de Centros de Costo), servirá para imputar las amortizaciones correspondientes al bien.
  • Descripción: ingresar el detalle del bien, con todos los datos que posibiliten la correcta identificación física del mismo.
  • Proveedor:  ingresar el proveedor al cual se le compró el bien, previamente ingresado en ABM de Proveedores.
  • Fecha de Compra:  ingresar la fecha de compra del bien.
  • Nº Comprobante de Compra:  ingresar el número de la factura de compra sin el punto de venta.
  • Valor de Origen:  ingresar el importe de la compra.
  • Vida Útil Asignada:  ingresar la cantidad de años de vida útil que se le asigna al bien. En cada rubro se estipula la cantidad básica que se trasladará al bien en el proceso automático, pero la misma puede ser modificada para un bien en especial por medio de este programa.
  • Vida Útil Transcurrida:  ingresar la cantidad de años transcurridos desde la compra del bien hasta el inicio del ejercicio actual. Esta cantidad se modificará masivamente mediante el programa de Incremento Vida Útil Transcurrida que se procesará antes de comenzar el nuevo ejercicio.
  • Ubicación Física:  se indicará el código de ubicación del bien para permitir realizar su control físico durante los procesos de cierre de ejercicio.
  • Proyecto:  se indicará el código de proyecto a que pertenece el bien, en el caso de tratarse de bienes producidos por la misma empresa.
  • Fecha de Baja si el bien ha sido dado de baja se indicará la fecha correspondiente. No debe darse de baja como registro hasta que no se haya procesado todo el ejercicio en el cual el bien ha tenido saldos.
  • Índice de Fecha de Baja:  si el bien ha sido dado de baja debe ingresarse el índice vigente a la fecha de baja del mismo, que permitirá congelar las actualizaciones hasta dicha fecha.

Última modificación: 2 de Abril de 2024