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Mediante este programa se podrán visualizar las operaciones de facturas,débitos y créditos registradas con proveedores locales con la discriminación de montos gravados, exentos y los distintos tipos de I.V.A. y percepciones de Ingresos Brutos para cumplimentar las disposiciones fiscales en materia de registraciones contables.
Ordenamiento: se podrá seleccionar alguna de las siguientes opciones:
- Puesto de Trabajo: se trata de los cuatro primeros número del comprobante del proveedor.
- Fecha de Emisión: por orden de fecha de la registración contable.
- Ascendente: se listará desde lo más antiguo a lo más nuevo.
- Descendente: se listará desde lo más nuevo a lo más antiguo.
Selección de Registros: se permite limitar el listado a través de los siguientes topes de fechas:
- Fecha de Emisión: corresponde a la fecha en la cual se contabilizaron los documentos.
- Fecha de I.V.A.: corresponde a la fecha de la posición del I.V.A. donde se tomó el crédito fiscal.
ATENCIÓN: elegir solamente uno de los filtros, ya que la combinación entre ambos puede provocar distorsiones.
Tipos: están previstos los siguientes:
- Citi Compras Formato Anterior: exporta en formato texto los comprobantes para ser utilizados en el antiguo CITI Compras de A.F.I.P..
- Compras Ingresadas mediante Importación de Facturas: corresponde a los documentos importados por Importación de Facturas de Compra.
- Compras por Categoría de I.V.A.: contiene los datos totales para realizar la presentación mensual del I.V.A. en A.F.I.P.
- Compras por nº Interno: se trata de una planilla donde los documentos están ordenados por el número correlativo interno de registración.
- Evolución de Compras: análisis de los totales mensuales de los montos de las facturas de compras entre períodos.
- Pendientes de Verificación de C.A.E.: listado de los comprobantes que aún no han sido verificados en A.F.I.P. mediante el programa Verificación de Comprobantes.
- Percepciones I.V.A.: lista los documentos en los cuales se efectuó la percepción de I.V.A. determinada en la R.G. 3337.
- Percepciones de Ingresos Brutos: listado de los comprobantes con percepciones de ingresos brutos separadas en C.A.B.A., Bs. As. y Otras Jurisdicciones.
- Subdiario de Compras: formato legal que cumple con los requisitos exigidos por A.F.I.P. para la identificación de los créditos fiscales del I.V.A.: nº comprobante, fecha, razón social, CUIT, Total, Gravado, No Gravado, I.V.A. Tasa General, I.V.A. Tasa Reducida, I.V.A. Bienes de Uso, Servicios Públicos, Percepciones I.V.A., Percepciones Ingresos Brutos. IMPORTANTE: cuando aparezcan textos en rojo resaltado, deberá solucionarse el problema ya que la exportación hacia el Libro I.V.A. Digital - Compras e Importaciones no se podrá realizar sin solucionarlos. En el caso que el IMPORTE TOTAL estuviera en verde significará que el comprobante ha sido cargado en una moneda distinta a la moneda nacional.
- Subdiario de Compras Fiscal: idem al anterior excluyendo a los comprobantes que tienen el puesto de trabajo = 99999.
- Subdiario de Compras C.A.I.: al listado anterior se le agrega la columna del C.A.I. de cada factura del proveedor.
- Subdiario de Compras a Monotributistas: totaliza las compras realizadas a monotributistas para controlar que durante el año no superen los topes permitidos.
- Subdiario de Compras Fechas Diferentes: emite un listado con los comprobantes cuyas fechas de emisión y de i.v.a. difieren entre sí.
- Subdiario de Compras por Proveedor (detallado): emite un listado de las compras agrupados por proveedor y sin incluir las notas de débito.
- Subdiario de Compras por Proveedor (totales): idem al anterior sin el detalle de comprobante, sino con valores totales por cada proveedor.
- Verificación Percepciones Ingresos Brutos: lista lo documentos que contienen percepciones de ingresos brutos y controla que el desglose de jurisdicciones coincida con el total del comprobante registrado en el subdiario de compras.
- Verificación de Tasas de I.V.A.: lista los documentos de compras y controla el desglose de las distintas tasas de I.V.A. con el total del I.V.A. declarado en el subdiario de compras. La columna DIFER no debe tener diferencias mayores a .05 para no ocasionar problemas en la exportación que se realizará en el LIBRO I.V.A. DIGITAL de AFIP.
Última modificación: 20 de Enero de 2022