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ABM de Asistencia de Imputaciones

Programa de mantenimiento del archivo que contiene los modelos de asientos de compras que se utilizarán para imputar las facturas, notas de débito y de crédito de los proveedores locales según el plan establecido por el responsable contable. No podrán registrarse documentos en Ingreso de Facturas, Notas de Débito y Crédito sin la ayuda de este asistente.

Los campos solicitados son:

  • Código: se permite ingresar un número del 01 al 999.
  • Descripción y Abreviatura: ingresar la denominación extensa y abreviada del asistente, esta última servirá para la selección en el programa mencionado, por lo que conviene ser muy claro y conciso con la determinación de las abreviaturas. En algunas situaciones se puede colocar el nombre de la empresa que generalmente utiliza el asistente y luego anclarlo en el ABM de Proveedores en el campo correspondiente para que cuando se ingrese el proveedor aparezca simultáneamente su asistente.
  • Bienes de Uso: cada vez que se ingrese una factura cuyo asistente tenga la opción afirmativa, se pedirá una descripción del bien adquirido, el rubro a que pertenece y el centro de costos que luego permitirá aplicar la amortización del bien a la cuenta contable que indique ese centro de costos (ver ABM de Centros de Costo). El bien se incorporará a la tabla correspondiente donde se encuentran los bienes de uso que servirán de base de cálculo para el revalúo contable y amortizaciones. IMPORTANTE: en el caso de la opción afirmativa solo se permitirán ingresar FACTURAS, para el caso de tener que registrarse débitos o créditos ver: Ingreso de Facturas, Notas de Débito y Crédito (Asistente de Imputaciones).
  • Carácter Impositivo: se debe indicar el tipo de compra que permita realizar las retenciones impositivas de acuerdo a las características de las mismas. Se aceptan los siguientes:
    • Alquileres (A)
    • Bienes (B)
    • Fletes (F)
    • Honorarios (H)
    • Personal Temporario (P)
    • Servicios (S)
    • Es muy importante esta clasificación, pues permitirá determinar el régimen al cual estará sujeta la compra en el cálculo de las retenciones impositivas y la única manera de solucionar cualquier error será mediante la anulación del comprobante y su posterior carga con el tipo correcto.

      FORMATO DEL ASIENTO:

  • Opciones: en la esquina superior izquierda de la pantalla se puede optar para que las cuentas del asiento se representen como descripciones o como código, según lo desee el usuario.
    • Cuenta: se permiten ingresar hasta veinte cuentas para cada tipo de asistente, en caso de dificultarse la elección de la cuenta podrá presionarse Buscar Cuenta para proceder a la búsqueda literal. Son las cuentas que aparecerán en el momento del ingreso de los documentos. El sistema permite repetir las cuentas y es recomendable hacerlo para darle posibilidades al usuario de desglosar las imputaciones que se presentarán en una factura, débito o crédito.
      • Por ejemplo: pudiera ser que en una misma factura existieran tasas de I.V.A. distintas, en ese caso deberá habilitarse una cuenta para cada una de ellas. En el caso de bienes de uso, a veces se presenta la situación de que existen varios bienes en la misma factura, por lo tanto debería ingresarse varias veces la misma cuenta para que se puedan subdividir en el archivo de bienes de uso.
    • Porcentaje: se permite ingresar un asistente en el cual se prorratea un gasto en varios sectores según un porcentaje dado para cada uno de ellos.
      • Por ejemplo: factura de servicios, en donde se puede establecer un plan de distribución para cada sector de costo. En ese caso colocar los porcentajes en cada cuenta y no llenar el tipo I.V.A. de la casilla siguiente. El sistema controlará que la suma de los porcentajes ingresados sea igual a 100, caso contrario no lo dejará ACEPTAR. Ver Ingreso de Facturas, Notas de Débito y Crédito para observar su funcionamiento.
    • I.V.A.: esta columna sirve para indicar el tipo de I.V.A a que corresponde el importe ingresado. Se permiten cuatro variantes:
      • TG: Tasa General, corresponde a la alícuota general del I.V.A.
      • TR: Tasa Reducida, corresponde a la alícuota especial del I.V.A. para Bienes de Uso.
      • SP: Servicios Públicos, corresponde a la alícuota especial que rige para los servicios públicos.
      • EX: Exento, corresponde a las compras sobre las cuales no corresponde el cálculo del I.V.A. Mediante esta clasificación el sistema podrá calcular el monto del I.V.A. que contiene la factura del proveedor a efectos de su verificación.
      • T2: Tasa Reducida para utilizar por empresas de publicidad cuando no superan un monto anual de facturación. La misma corresponde al 2.5 %.
      • T5: Tasa Reducida para utilizar por empresas de publicidad cuando superan un monto anual de facturación. La misma corresponde al 5 %.

Última modificación: 31 de Mayo de 2024